De la prohibición de despedir y la prolongación de los ERTE hasta el 31 de diciembre

De la prohibición de despedir y la prolongación de los ERTE hasta el 31 de diciembre

Por Conrado Moreno Bardisa, Socio Director Bardisa y Asociados

Publicado en «Economist&Jurist»

EL próximo mes de octubre estaba previsto que expirara el plazo de seis meses de prohibición de despedir para las empresas sujetas a ERTE afectadas por el confinamiento que reincorporaron a sus trabajadores a finales del mes de abril, por lo que las que ya estén en funcionamiento podrían comenzar a despedir si no cambia la normativa.

 

Se prevé un otoño caliente. Así lo manifiestan todos los sectores implicados y agentes sociales en lo relativo al empleo por la actual crisis de pandemia COVID19. El actual Gobierno, consciente de que todos los indicadores macroeconómicos indican una fuerte tendencia al despido en las empresas más afectadas por la situación pandémica, ha puesto encima de la mesa alargar la prohibición de despedir hasta –al menos- el 31 de diciembre del año en curso.

Las grandes consultoras y principales asociaciones de empresarios de nuestro país se muestran escépticas acerca de la “relativización” que se hace desde el Ejecutivo sobre las cifras de paro que se avecinan, conscientes de que, levantados los vetos los despidos por causas objetivas se dispararán a partir de octubre. Es por ello que desde el Ministerio de Trabajo se trabaja a contrarreloj para acompasar una nueva prórroga de los ERTE con la prohibición de despedir impuesta (paralización de los despidos objetivos con una indemnización de 20 días por año trabajo debidos al Covid-19, pasando a considerarse despidos improcedentes, cuya indemnización alcanza los 33 días por año, o incluso nulos).

La Ministra de Trabajo, Yolanda Díaz lanzaba un mensaje de tranquilidad y se mostraba optimista en sus últimas comparecencias acerca de la prolongación de los ERTE hasta final de año – que como decimos irá acompañada de la prohibición de despedir- tras reunirse con los principales sindicatos del país. No obstante, desde la patronal no se muestran tan satisfechos e inciden en la necesidad de una mayor flexibilidad y dinamismo en el despido para que empresas y autónomos puedan hacer frente a la dramática situación que atraviesan, demandando además una prórroga de los ERTE que vaya mucho más allá de diciembre para los sectores más afectados, al menos hasta julio del año próximo.

Se critica, además, que la prolongación de los ERTE es una medida muy coyuntural que ayuda a las empresas a pasar sus dificultades en un corto período de tiempo, pero no ataja el problema de las que están ya en situación de inviabilidad total por lo que las medidas carecerían de sentido y eficacia real ya que la situación de endeudamiento y la falta de crédito y liquidez las condenan al cierre. Es por ello que se plantea por parte de las asociaciones empresariales medidas de acompañamiento de tipo impositivo, con menor presión fiscal, reformas de calado y modernización en los servicios públicos de empleo –absolutamente desbordados y anticuados- además de políticas efectivas en la gestión de la crisis sanitaria, con criterios unificados de actuación y, por tanto, predecibles, además de una gestión responsable y eficaz de los fondos para la reconstrucción que se recibirán de la Unión Europea.

Por otro lado, desde los distintos sectores afectados se aboga por mejores criterios en la regulación de los ERTE, mirando la gestión que otros países de nuestro entorno europeo están realizando, con políticas más “selectivas” y dinámicas, utilizando el tiempo no trabajado para la formación y recualificación de los trabajadores afectos al ERTE y no penalizando a las empresas de manera “global” por cualquier infracción de la prohibición de despedir, de tal manera que si una empresa despide a un trabajador durante esos seis meses posteriores a la finalización de un ERTE y es sancionada por ello, devuelva únicamente las ayudas recibidas por ese trabajador despedido, y no todas las ayudas recibidas como está establecido en la actualidad.

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