UN (pequeño) BALÓN DE ÓXIGENO PARA EMPRESAS AUTÓNOMOS Y TRABAJADORES: EL REAL DECRETO LEY 24/2020

UN (pequeño) BALÓN DE ÓXIGENO PARA EMPRESAS AUTÓNOMOS Y TRABAJADORES: EL REAL DECRETO LEY 24/2020

Por Conrado Moreno Bardisa, Socio Director de Bardisa y Asociados

Se prorrogan los ERTE para las compañías que no han vuelto a la actividad. Podrán acogerse las obligadas a cerrar de nuevo por un rebrote y se regula el paso de ERTE de fuerza mayor a ERTE-ETOP con exenciones en cuotas a la Seguridad Social.

Hace apenas tres semanas el Gobierno, patronal, sindicatos y representantes del colectivo de autónomos tuvieron altura de miras para abordar la actual situación económica, empresarial y laboral de nuestro país derivada de la pandemia de la COVID 19 cuyas “secuelas sociales” apenas alcanzamos a ver en estos momentos. Tras costosas negociaciones entre los agentes sociales implicados se decidió adoptar un paquete de medidas de protección social y empresarial con la prórroga de los ERTEs ocasionados por la pandemia y la regulación de posibles escenarios futuros dando lugar al Real Decreto Ley 24/2020, recientemente aprobado por el Gobierno.

Si bien la patronal – e incluso los sindicatos- abogaban por una prórroga de los ERTEs a pymes y autónomos hasta final de año, el Gobierno rebajó las expectativas por el altísimo coste que tiene para las arcas públicas este mecanismo de protección del empleo y fijó su duración hasta el 30 de septiembre -también la prestación por cese de autónomos-.

Además de la prórroga en sí, uno de los puntos más aplaudidos ha sido la posibilidad de que las empresas y trabajadores afectados por un ERTE de fuerza mayor puedan acogerse, antes de que este finalice, a un ERTE por causas económicas, técnicas o de producción –ETOP- si desean retornar a la actividad sin necesidad de reintegrar de manera activa a toda la plantilla, lo que por otro lado es de una lógica absoluta y permite flexibilizar el marco o política de recuperación de todas las empresas afectadas.

Se establecen, además, una serie de exenciones en el pago de cuotas a la seguridad social que dotan de mayor liquidez y provisiones a las empresas para afrontar los meses venideros -empresas con menos de 50 trabajadores podrán acogerse a un 60% de exención siempre que se aplique a trabajadores que hayan reiniciado actividad. Si optan por seguir en situación de suspenso, las exenciones serán del 35% y si la empresa cuenta con más de 50 empleados, los porcentajes de exención serán del 40 y el 25% según los casos apuntados.

Ahora bien, no todo es una concesión por parte del ejecutivo, el resto de actores implicados también ha tenido que aquietarse con determinadas medidas si están en esta situación de ERTE como la prohibición de realizar horas extras, de recurrir a externalizaciones para cubrir la actividad, contratar a nuevos trabajadores o repartir dividendos. Se establece además la imposibilidad de por causas objetivas -cuya indemnización asciende a 33 días por año trabajado, frente a los 20 del despido procedente-.

Es cierto que esta ultraactividad legislativa a la que se ha visto ciertamente obligado el poder ejecutivo, supone un quebradero de cabeza sin precedentes para los empresarios –y trabajadores- pero también para los operadores jurídicos que se encargan de su consejo.  Es por ello, que se debe contar con un buen asesoramiento legal antes de tomar una decisión que, de hacerse a la ligera, puede conllevar situaciones indeseadas en el medio largo plazo para todos los interesados en acceder a dichos instrumentos o, en su caso, implementarlos, si lo hacen de forma errónea o fraudulenta.

Un punto negativo que se ha reprochado el Ejecutivo quizá haya sido no contar con los partidos de la oposición en aras a un amplio consenso que otorgase mayor legitimidad y trasladase un mensaje más contundente a nuestros socios de la UE en la adopción de medidas internas. No obstante, parece que finalmente habrá acceso al fondo de recuperación por un lado en forma de ayuda directa y por otro de financiación –préstamos condicionados-, por lo que es posible que veamos a medio plazo flexibilizar o dinamizar nuevamente estos instrumentos de regulación de empleo, más aún si cabe y por desgracia, debido a la continua aparición de rebrotes del virus por toda la geografía nacional.

 

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