Sobre las medidas que no contempla la nueva Ley de Autónomos

Sobre las medidas que no contempla la nueva Ley de Autónomos

Conrado Moreno Bardisa. Socio Director de Bardisa y Asociados.

El pasado 29 de junio, el Congreso aprobó la nueva ley de Autónomos cuyo objetivo es impulsar el empleo por cuenta propia con ayudas económicas y la reducción de trámites burocráticos.

Ya conocemos cuáles son las principales medidas que afectarán a partir de ahora a los autónomos, pero nos hemos querido centrar en este post en aquéllas medidas que ha dejado fuera el Congreso.

A pesar que el Ejecutivo ha querido facilitar las cosas a los trabajadores autónomos con, por ejemplo, extensión de la cuota reducida de los 50 euros de seis meses a un año, compatibilidad de pensión y empleo por cuenta propia, accidente laboral in itinere, 20% de deducción en los gastos domésticos cuando el autónomo trabaje desde casa, deducciones por tickets de comida de hasta 26 euros al día, reducción de los recargos de la Seguridad Social en caso de retraso del pago de la cuota…

Sí que es cierto que han quedado fuera muchas de las medidas que eran reclamadas por las asociaciones de autónomos.

 

¿Qué medidas NO contempla la nueva Ley de Autónomos?

La realidad es que se ha avanzado bastante en beneficio de este colectivo, sin embargo, entendemos que se ha perdido la oportunidad de incorporar importantes mejoras.

Destacamos las siguientes 3 cuestiones que no se recogen en la Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo:

 

1.   Prestación por cese de actividad.

Según datos oficiales, el 50% de las solicitudes de prestación de paro por un autónomo son denegadas.

Estos datos dejan al autónomo en una situación precaria, pues en caso de cerrar su negocio pierden acceso a esta cobertura.

2.   Acceso de los autónomos a la contratación pública.

Actualmente los autónomos quedan excluidos del acceso a licitaciones públicas, quedando reservadas para las empresas.

3.   IVA de caja

El régimen especial del criterio de caja permite a los sujetos pasivos retrasar el devengo y la consiguiente declaración e ingreso del IVA repercutido hasta el momento del cobro a sus clientes.

Este sistema permite una inyección importante de liquidez para los empresarios ya que no tienen que adelantar el IVA de las facturas no cobradas.

A la vista de los requisitos legales exigidos actualmente sólo el 1% de los autónomos se acoge a esta medida.

Analizada la ley con detenimiento, se observa como las medidas aprobadas lo son de orden social y no se abordan cuestiones fundamentales para incentivar la creación de empleo o la financiación y fiscalidad.

Esta es nuestra visión sobre la nueva Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo que ha aprobado el Congreso y está en trámites de aprobación por el Senado antes de su entrada en vigor.

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